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Por Francisco Osores

El respeto a la leyes la esencia del Estado de derecho y todos los ciudadanos están obligados a honrar este compromiso fundamental de una sociedad democrática. Las instituciones estatales son las encargadas de cumplir y hacer cumplir el marco legal, para lo cual pueden recurrir a la coerción y a la aplicación de sanciones. Por eso, cuando una entidad estatal evade sus responsabilidades legales no solo atenta contra un principio esencial de la democracia, si no que además se deslegitima institucionalmente, alentando con su conducta a que los ciudadanos tampoco se sientan obligados a someterse a la ley.
Las empresas constructoras formales padecen cotidianamente las consecuencias de este doble rasero, en el que entidades estatales les exigen el cumplimiento de normas, al mismo tiempo que las contravienen flagrantemente. Esta conducta contradictoria e ilegal se aprecia, por ejemplo, en la aplicación de la Ley de Regulación de Habilitaciones Urbanas y de Edificaciones (Ley Nº 29090) y del Reglamento Nacional de Edificaciones (RNE).

Los casos de flagrante violación de estas normas son innumerables. Para otorgar la conformidad de obra, muchas municipalidades exigen que el constructor presente comunicaciones escritas de todos los propietarios de predios colindantes señalando que no tienen ningún reclamo pendiente de sera tendido por el constructor, a pesar de que en la Ley Nº 29090 no se establece este requisito,generando de- moras innecesarias y –en no pocos casos- dando pie a que algunos vecinos aprovechen este condicionamiento para plantear exigencias indebidas al constructor.
Un número importante de gobiernos locales también incumple las disposiciones de la Ley del Procedimiento Administrativo General recogidas en la Ley Nº 29090, respecto a que las tasas y derechos administrativos relacionados a los trámites de licencias de habilitación urbana y edificación deben reflejar solo los gastos que demanda su prestación no debiendo superar al valor de 1 UIT (4, 050 soles,en la actualidad),salvo disposición en contrario establecida por norma expresa del Poder Ejecutivo.
También es muy frecuente que las municipalidades dispongan incrementos en el pago de los impuestos prediales y de los arbitrios correspondientes a obras en proceso de construcción, a pesar de que la Ley Nº 29090 lo prohibió explícita- mente desde su promulgación en el 2007.

Las Empresas Prestadoras de Servicios (EPS) de agua, desagüe y energía también actúan fuera del marco de la ley, en lo referido al otorgamiento de factibilidades de servicios y recepción de obras. Se han dado casos de proyectos que, a pesar de haber obtenido el certificado de factibilidad de servicios y construido las obras de acuerdo a los parámetros allí establecidos, no han podido entregar las instalaciones a la correspondiente EPS. Hasta hace poco existía el trámite de renovación de factibilidad de servicios, hoy prohibido por la última modificación de la Ley Nº 29090, que facultaba a una EPS a denegar la a pesar de haberla otorgado previamente y, sin embargo, la obra ya había sido ejecutada. Todo ello genera un gran perjuicio no solo a las empresas constructoras involucradas sino a los ciudadanos o empresas que adquirieron o arrendaron inmuebles en los proyectos afectados.

La actuación de otras entidades oficiales (como Indeci, Ministerio de Cultura,Registros Públicos, entre otros) en los procedimientos para la obtención de licencias de obras,frecuentemente sobrepasa los parámetros establecidos por el marco legal, profundizando la inseguridad jurídica de tales trámites, lo que afecta la competitividad de las empresas y empuja a muchos ciudadanos especialmente a los más carenciados a la informalidad.
Finalmente, las obras de construcción también son afectadas por la superposición de funciones, como ocurre con las municipalidades y con la Sunafil, en relación con el cumplimiento de normas laborales y de seguridad o con las contradicciones existentes entre Indeci, Cenepred y Bomberos, solo por nombrar algunos ejemplos más.

Creemos que es urgente atacar frontalmente estas graves deficiencias administrativas y varias situaciones contradictorias. Nosotros estaremos siempre a disposición para encontrar alternativas de solución al burocratismo indolente que impide extender los beneficios de formalidad a todos los ciudadanos peruanos y que al final solo contribuye a crear mayor corrupción e informalidad. En el Estado tenemos buenos funcionarios e instituciones serias. Sin embargo, aún tenemos reformas pendientes y para ello debemos dar un firme primer paso institucional: que el Estado siempre cumpla las
leyes que emite y los compromisos que asuma, pues solo así tendrá legitimidad para exigir cumplimiento a los demás.

Fecha: 22 mayo 2017 | Fuente: Gestión

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