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Los empleadores estarán obligados a clasificar los puestos de trabajo en cuatro categorías, en función de su exposición a riesgos de contagio de coronavirus.

Ante el incremento de costos que significará para las empresas, se buscará promover el trabajo remoto. Sepa más en esta nota sobre los lineamientos que deberán seguir las empresas con los empleados que vuelvan a trabajar.

El Ministerio de Salud (Minsa) aprobó lineamientos que deberán seguir los empleadores frente a la reactivación de sus actividades. Para ello, fija la obligación de preparar una nueva política interna denominada “Plan para la vigilancia, prevención y control del coronavirus en el centro de trabajo”.

La resolución ministerial indica, en primer lugar, que este documento deberá clasificar los puestos de trabajo en cuatro categorías, en función de su exposición a riesgos de contagio de COVID-19 (de bajo a muy alto).

 

  • Riesgo bajo de exposición: Personal que no tiene contacto con público en general ni contacto con personas contagiadas o con sospecha de COVID-19.
  • Riesgo mediano de exposición: Personal de atención al público, por ejemplo.
  • Riesgo alto de exposición: Trabajadores de limpieza, de funerarias, o con contacto en zonas sospechosas de COVID-19, por ejemplo.
  • Riesgo muy alto de exposición: Por ejemplo, personal médico dedicado a la atención de pacientes contagiados con COVID-19.

La determinación del grado de riesgo debe hacerla el médico ocupacional del empleador, independientemente del tipo de contrato de trabajo, explicó Diego Castillo, asociado senior de Hernandez & Cía.

Además, el empleador estará obligado a tomar pruebas rápidas o moleculares a quienes se reincorporen al trabajo para el descarte del nuevo coronavirus. Esta medida se aplicará a todos los trabajadores, excepto a quienes tengan bajo riesgo de contagio.

De otro lado, se establece como otra medida de prevención obligatoria, el uso de mascarillas durante la jornada laboral y la toma de temperatura al ingreso y a la salida del centro de trabajo.

Las empresas que ya han venido operando (por ser de actividades esenciales) deberán adaptarse a estos nuevos requerimientos, salvo que las disposiciones propias de su sector económico ya dispongan protocolos específicos para el trabajo emitidos por el Gobierno.

¿Las medidas serán posibles de aplicar?

Estas medidas de prevención imponen costos adicionales para las empresas, entre ellas el costo de las pruebas (cuya demanda en el mercado se incrementará) y la implementación de medidas higiénicas adicionales a las normalmente previstas en una situación normal, señaló Castillo.

Asimismo, Jaime Cuzquén, socio del área laboral de KPMG en el Perú, consideró que la medida tiene un “foco impreciso de lo que significa reactivar una empresa”, pues será imposible conseguir dichas pruebas en esta coyuntura.

“El hecho de una hacer obligatorio los exámenes a los trabajadores no solo implicará un tema económico fuerte, sino una obligación casi imposible de cumplir. Si para el Estado ha sido difícil, para los privados también lo será”, añadió Cuzquén.

Asimismo, indicó que la medida sería poco efectiva, pues el empleador no tendrá control sobre futuros contagios del trabajador, ya que posterior a la prueba estará expuesto a otro tipo de riesgos.

De otro lado, Jorge Toyama, socio de Vinatea & Toyama, consideró que la Autoridad de Trabajo debe otorgar flexibilidad en la fiscalización de estos lineamientos, pues hay muy poco tiempo para su adecuación.

Como se recuerda, este 4 de mayo se espera que inicie la reactivación de algunas actividades económicas, como el de los restaurantes, vía delivery o recojo en tienda.

Empresas promoverían el trabajo remoto

Dado el incremento de costos que significará para los empleadores aplicar estos lineamientos, se buscará promover el trabajo remoto.

“Aquellas actividades que se puedan soportar bajo trabajo remoto deberán continuar por un período más largo que el previsto, al tratarse de una medida más eficaz y menos costosa”, indicó Castillo.

¿Qué sucederá si no siguen los lineamientos?

El incumplimiento de estas nuevas disposiciones puede conllevar la aplicación de multas a imponer por Sunafil, como consecuencia de incumplimientos de medidas sobre seguridad y salud en el trabajo, agregó Castillo.

“Recordemos que el empleador tiene un deber de prevención previsto en la Ley de Seguridad y Salud en el trabajo, el cual alcanza también el cumplimiento de medidas de protección de la salud implementadas por el Gobierno”, dijo.

Publicado en la web de El Comercio

Fecha: 04 mayo 2020

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