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Herbert Tassano, Presidente de Indecopi

¿Se han incrementado las empresas insolventes que han entrado en procesos de liquidación o reestructuración en el Indecopi?

Pese a la desaceleración de la economía, no hay incremento de empresas que entran en el proceso concursal por temas de insolvencia.

Los volúmenes se han mantenido, pero puede haber casos grandes que han ocasionado miles de expedientes por acreencias laborales, pero no en cuanto al número de empresas.

Se sabe que el Indecopi ha depurado su registro a las empresas liquidadoras y administradoras que pueden encargarse de estos procesos…

La modificación a la Ley General del Sistema Concursal se enfocó en un tema delicado y deficiente en los últimos años, el registro de las empresas liquidadoras (con deudas en cobranza coactiva ante la Sunat y otros)

Por lo que para calificarlas como idóneas (hábiles) para llevar las riendas de una empresa insolvente, se hicieron más exigencias y las depuramos manteniendo a las empresas que cumplen los requisitos (se eliminaron 277 empresas)

¿Por qué este mismo estándar no se aplica a los procesos concursales que rigen a los clubes de fútbol?

El régimen de los procesos concursales para los clubes de fútbol es especial y no se aplican estos criterios, por eso se han diferenciado estas exigencias a sus administraciones.

Cuando los procesos acaben y se incorporen al régimen general consursal se aplicarán estas reglas.

En estos procesos e han denunciado irregularidades de algunas administraciones, con incrementos en sus gastos y que algunas han sido eliminadas del registro en el Indecopi…

Debo hacer una precisión, el nombramiento de los administradores es realizado por la junta de acreedores, el Indecopi no propone a ninguna administración.

O sea, la Sunat, porque en la mayoría de estas juntas de acreedores el acreedor mayoritario es el fisco…

Claro, cuando corresponde. Son ellos los que pueden tomar las medidas de cambiar, mejor las administraciones. Indecopi verificará que se cumplan con los porcentajes para tomar esta decisión (votos por más de 66.66%). Cualquier cuestionamiento a las administraciones de los clubes debe ser formulado a los acreedores, porque es parte de sus obligaciones.

¿Existe un nudo en los procesos considerando que iniciaron en abril del 2012?

El régimen especial va camino a ser exitoso. Sin duda, los clubes de fútbol están mejor de como los recibimos. Hoy tienen una información transparente y en estos cuatro años la “U”, el club Melgar y Alianza Lima salieron campeones en distintos tornos, y existe un manejo ordenado de gastos.

¿Usted considera que se puede ampliar otros regímenes concursales especiales a otros sectores económicos?

No descarto esa posibilidad, pero debe ser en temas muy puntuales. Lo ideal es el uso del régimen concursal general.

¿Cuál sería ese sector?

Por ejemplo, en los procesos concursales del sector agrario azucarero que tienen muchos años se pueden analizar, aplicar algunas consideraciones especiales, a fin de terminar estos procesos o bien por liquidación o reestructuración.

Discriminación

¿Cuál es el balance en las acciones del indecopi en los casos de discriminación en el consumo (por raza, opción sexual y otros)?

Hemos preparado una publicación que recoge todos los casos de sanciones por discriminación en el consumo (por sexo, religión, opción sexual y otros) que se presentará el 15 de Marzo, el día Mundial de los Derechos del Consumidor, y estará colgado en la página web del Indecopi.

¿Cuál es el objetivo de esta publicación?

Para resaltar la labor del indecopi, los derechos de las personas y que las empresas conozcan cuáles son las acciones que no pueden realizar. Los casos corresponden desde 1198 hasta 2014.

¿Cuáles son los principales casos?

La discriminación en discotecas (por cuestión de raza), por discapacidad (negativa a entregar tarjetas de crédito), como personas de riesgo (negativa a dar seguro de vida a persona con síndrome de Down), por orientación sexual, entre otros.

¿El documento precisa los casos en los que sí se justifica un trato diferente a personas?

No solo los casos sancionados por el Indecopi, pero sí existen casos en donde se permite una diferenciación lícita, pero nunca una discriminación. Por ejemplo, sí se permitirán establecimientos solo para hombres o mujeres como los saunas y casos similares, con razones lícitas.

¿Cuál ha sido el efecto en las empresas que han sido sancionadas, se han corregido las conductas ilícitas?

SÍ, porque no hemos tenido casos de reincidencia. Las empresas han corregido su comportamiento. Pero no solo ha sido importante la sanción sino la publicidad de estas medidas. Las empresas se preocupan mucho de su reputación, el área de comunicaciones en el Indecopi se ha reforzado en los últimos cuatro años, para contribuir a educar y difundir las sanciones en el mercado.

¿Cuáles considera usted casos emblemáticos?

Un tema delicado fue el del seguro a personas con síndrome de Down, es un tema delicado y completo, cuya medida ha sido ratificada en el Poder Judicial.

Otros casos importantes, son los casos por orientación sexual, que son temas delicados y recientes, considerando que nuestra sociedad ahora discute los temas de la unión civil y la unión patrimonial.

¿Hasta qué monto se ha llegado a sancionar a las empresas?

Hemos tenido multas en diferentes rangos y significativas, pero en ninguna se impuso el máximo de 450 UIT(S/1.7 millones).

¿Cuánto demora un procedimiento en temas de discriminación en el consumo?

Esto puede llegar a tardar un promedio de 90 días, pero se debe evaluar de acuerdo a la complejidad de cada caso.

Cómo se inician los procesos, ¿por denuncia o de oficio?

El Indecopi actúa a través de denuncias, con el pago de S/36 (que se le devuelve con la sanción de la empresa) o cuando se toma conocimiento por los medios de comunicación.

¿Cuáles son las medidas correctivas que solicitan los consumidores a las empresas que los discriminar?

Depende de cada caso, pero puede ser la devolución del servicio o producto. Y en otro casos de discriminación los consumidores simplemente piden la sanción de la empresa.

Fecha: 04 febrero 2016 | Fuente: Gestión

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