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Eduardo Morón, Presidente de la Asociación Peruana de Empresas de Seguros

El nacimiento de los seguros en la historia está asociado a facilitar el comercio entre desconocidos. Un ejemplo muy cercano para muchos de nosotros es alquilarle una vivienda a un desconocido. 

En la mayoría de los casos, se pone un aviso y quien responde es un perfecto extraño para nosotros. Dado que a esa persona le confiaremos una parte importante de nuestro patrimonio, lo normal es recurrir a algunos mecanismos para protegernos. Por ejemplo, le pediremos que nos deje una garantía que en realidad está orientada a enfrentar gastos de potenciales reparaciones que corresponda hacer una vez que se vaya y no esté dispuesto a reconocer. 

Un segundo riesgo, sobre todo cuando alquilamos con algunos muebles o enseres, es que algo se pierda o se rompa y, para ello, hacemos un exhaustivo inventario que luego podremos verificar.

Pero el riesgo más grande que enfrentamos es que simplemente no nos pague. Igual que para los riesgos anteriores, podemos tratar de mitigar esto de varias maneras. Por ejemplo, podemos pedirle una carta de presentación de su empresa para asegurarnos que él es quien dice ser y que en efecto tiene los ingresos para pagarnos. En realidad, esa carta no garantiza que no lo echen del trabajo al día siguiente de firmar el contrato de alquiler o que inclusive teniendo recursos para pagarnos esté dispuesto a hacerlo.

Por ello, muchos utilizan las centrales de riesgo crediticio para verificar si la persona que jura ser un excelente pagador no es en verdad un potencial inquilino moroso. Pero, el haber sido un buen pagador con otros no garantiza que lo siga siendo con nosotros. Sus otros acreedores tienen mejores mecanismos para garantizar el cumplimiento del pago de sus deudas y nosotros en realidad tenemos menos herramientas. Por ejemplo, los bancos pueden directamente tomar parte del dinero en nuestras cuentas para compensar dichas obligaciones.

Frente a esta situación, los legisladores modificaron las regulaciones para que sea más fácil, rápido y menos costoso sacar a un inquilino moroso. Si uno lee la legislación, la promesa es que en 15 días uno podría deshacerse de un tipo que no nos paga el alquiler. 

En la práctica, hay muchos detalles que necesitamos tener en cuenta para que podamos ejercer dicho derecho y como siempre al final dependeremos de la celeridad del Poder Judicial para que el fallo sea realmente oportuno. Mientras tanto, nada nos protegerá de la inseguridad, nadie nos devolverá los meses que no podemos arrendar el inmueble, ni las arrugas producto de tan enojosa situación. 

En otros países, se utilizan los seguros contra inquilinos morosos como un mecanismo de protección patrimonial. Los inquilinos están forzados a pasar por una evaluación de su calidad de buen pagador y en función a ello y al monto del alquiler involucrado en el contrato se le extiende una póliza que protegerá al dueño del inmueble de que en efecto ese señor tan impecable esconda al próximo Don Ramón de la vecindad del Chavo.

Fecha: 26 julio 2016 | Fuente: El Comercio

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